Las consultas legales sobre la pensión de alimentos a los hijos son de las más frecuentes, en especial en aquellos casos en la que los progenitores encuentran dificultades para hacer frente a los pagos.
¿Qué ocurre cuando una persona pierde poder adquisitivo y le resulta difícil llegar a fin de mes? ¿Qué pasa si abonar la pensión de alimentos a los hijos se hace un imposible? ¿Existe la posibilidad de realizar alguna modificación sobre el convenio regulador?

No puedo pagar la pensión de alimentos de mis hijos, ¿qué opciones tengo?

Para empezar, debemos tener en cuenta que, según el artículo 90 del código civil, las medidas adoptadas por un juez o recogidas en un convenio por los cónyuges pueden ser modificadas siempre que existan nuevas necesidades de los hijos o las circunstancias de los cónyuges cambien.
Además, el artículo 91 añade que las medidas que se adoptaron al principio en un proceso de divorcio con hijos pueden ser revisadas si las circunstancias cambian posteriormente, como también se recalca en la Ley de Enjuiciamiento Civil (artículo 775).

En este sentido, queda claro que existen opciones para que los cónyuges soliciten una modificación de las medidas establecidas cuando su situación actual no coincida con las circunstancias que se tuvieron en cuenta para aprobar el acuerdo inicial.

¿Qué tipo de modificaciones en de la pensión puedo solicitar?

En caso de no hacer frente al pago de la manutención debido a una situación laboral desfavorable, se puede solicitar una modificación de las medidas iniciales mediante la reducción, suspensión o extinción de la pensión.

Para que estos cambios sean viables, hay que demostrar ante un juzgado, con pruebas documentales, que se ha producido una disminución sustancial de los ingresos. Recordemos que este cambio se considerará válido solo si es fruto de complicada situación laboral (como por ejemplo la crisis sanitaria por el COVID-19) y no se preveía que podría ocurrir antes de firmar el convenio.

¿Y si tengo problemas económicos y mi hijo/a es mayor de edad?

Es posible que nos encontremos ante el caso en el que, sumado a la difícil situación financiera, surja la duda de si debemos pagar la pensión alimenticia por ser los hijos mayores de edad.
Actualmente, no existe un límite de edad para dejar de pagar la pensión. Lo que se tiene en cuenta es la capacidad de los hijos de mantenerse por sí mismos y ser independientes económicamente.

Diferentes sentencias a lo largo de los últimos años han constatado que la manutención puede alargarse en el tiempo según las circunstancias personales y el criterio de cada juez. En el caso de querer retirar la pensión a los hijos, debemos demostrar que estos son independientes económicamente. También existen casos en los que se ha constatado que los hijos no muestran un interés ni por estudiar ni por trabajar, lo que da la razón al progenitor y se concede una retirada de pensión.