Durante la pandemia se tomaron una serie de medidas para ayudar a la población, que si bien eran medidas sociales y no fiscales, pueden afectar a la declaración de la renta del ejercicio 2020 en función de si hemos sido o somos beneficiarios de ellas.

Veamos en qué casos pueden afectarnos estas medidas en nuestro IRPF.

Si me he visto afectado por un ERTE

Según la normativa toda persona que no obtenga rendimiento de su trabajo de más de 22.000 € anuales no tiene obligación de presentar la declaración de la renta, ¿Pero y si tenemos más de un pagador?

Si nos hemos visto afectados por un ERTE, el SEPE se convertiría en nuestro segundo pagador y el límite de los 22.000 € bajaría hasta los 14.000 €. Si hemos cobrado más de 1.500 € mensuales como prestación terminaremos superado el nuevo límite.

Por lo que finalmente estaremos obligados a presentar una declaración de nuestro IRPF.

Si soy mujer trabajadora con menores a su cargo

Otra de las prestaciones aprobadas durante la pandemia fue una ayuda a las mujeres con hijos menores de 3 años a su cargo, esta prestación consiste en una deducción de 100 € mensuales. La clave está en que dicha deducción exige que se realice alguna actividad por cuenta propia o ajena, por la que la beneficiaria estaría dada de alta en la Seguridad Social y en activo.

Nuevamente, si nos hemos visto afectados por un ERTE por suspensión, es decir, una parada total del empleo, el requisito de estar en activo no se cumpliría y terminaremos perdiendo la deducción de los mencionados 100 €.

Si tengo rentas inmobiliarias

En este caso tenemos que tener en cuenta tres puntos claves sobre que debemos declarar en nuestra declaración de la renta cuando llegue el momento:

  • Si ambos, arrendador y arrendatario han acordado alguna rebaja en el precio del alquiler por motivos de la pandemia, el importe a declarar será siempre el nuevo importe acordado.
  • A pesar de que las medidas hayan impedido el uso de segundas viviendas, se imputarán y declararán las rentas que correspondan al periodo que no se haya podido disfrutar de ellas.
  • Todas las subvenciones o ayudas que hayan podido recibirse con motivo de la pandemia deben declararse.

Si hago donativos a ONG`s u otras entidades

Desde el 1 de enero de 2020 se elevó la deducción por donativos a ONG`s otras entidades beneficiarias del mecenazgo. Esta deducción ahora también afecta a los donativos realizados al tesoro público con motivo de financiar los gastos ocasionados por la crisis derivada de la pandemia.

Es importante que a la hora de afrontar la declaración de la renta que corresponde con el ejercicio de este año 2020, tengamos en cuenta todos los factores y como en cada caso puntual pueden modificarla, e incluso suponer la diferencia entre la obligación o no, de llevarla a cabo.