Distribución y Gestión de Herencias
Lucas Meroño, especialistas en Derecho Sucesorio en Sevilla y Lepe.

El reparto de una herencia requiere un proceso formal en el que los herederos deben organizar y dividir los bienes del fallecido. Para garantizar un procedimiento seguro y conforme a la normativa vigente, es fundamental contar con el respaldo de abogados expertos en sucesiones.
El primer paso consiste en determinar si el fallecido dejó testamento o no. Esta información se obtiene consultando el Registro de Últimas Voluntades con el correspondiente certificado:
- Si existe testamento, los herederos deben acudir a la notaría donde se otorgó o a la que tenga el protocolo del notario que lo autorizó. Si el testamento supera los 25 años de antigüedad, se deberá recurrir al Archivo General de Protocolos.
- Si no hay testamento (ab intestato), se debe iniciar un proceso notarial para la declaración de herederos. Esto implica presentar pruebas documentales como el certificado de defunción, el de últimas voluntades y documentos que acrediten el parentesco con el fallecido. El acta notarial resultante se remite al Colegio Notarial, donde permanecerá en suspenso durante 30 días por si surgieran reclamaciones de otros herederos. Para realizar el acta notarial de declaración de herederos ab intestato solo es necesario la concurrencia y firma notarial de un heredero.